SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida como Tribunal de garantías, pronunció la Sentencia de 1 de octubre de fs. 234 vta. a 235, que declara improcedente el recurso, con el fundamento de que existe una objeción al mandamiento de desapoderamiento pendiente de resolución, siendo aplicable el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).

  En consecuencia y por lo señalado precedentemente, se constata que la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 19 de la CPEabrg, ahora 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haberlo declarado improcedente, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.