Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1399/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.5.
II.5. Los recurrentes, Juan Soria Caballero y Ángela Quispe Vargas, mediante memorial presentado el 14 de septiembre de 2007, en la vía incidental, dedujeron oposición al mandamiento de lanzamiento emitido por el Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil, abriendo al efecto el término probatorio, por decreto de 25 de septiembre del mismo año (fs. 190 a 191 vta.; 197).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil,
- tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.Improcedencia del recurso de amparo constitucional frente a resoluciones que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- Fragmento 17
- III.4. El caso en examen
- APROBAR