SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1411/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1411/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

concedió

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 356/2007 de 23 de octubre, cursante de fs. 194 a 196 vta., por la que concedió el recurso, sin responsabilidad por considerarla excusable y con el siguiente fundamento: 1) El art. 134 del CPP, prevé la extinción de la acción penal en etapa preparatoria, si ésta no concluye en el plazo máximo de seis meses, que no puede ser objeto de interrupciones o suspensiones por vacación judicial ni del Ministerio público; considerando que, quedan jueces y fiscales de turno para continuar con el control jurisdiccional y la tramitación de las diligencias; correspondiendo al juez de instrucción, ante el incumplimiento del fiscal, presentar su acto conclusivo dentro de este plazo, emitir la conminatoria respectiva otorgando cinco días al efecto; 2) La imputación formal al recurrente, fue practicada el 24 de noviembre de 2006; computándose desde el día siguiente, la etapa preparatoria concluía el 25 de mayo de 2007; ante la omisión del acto conclusivo, el 6 de junio de ese año, el Juez emitió la conminatoria y por Auto de 26 del mismo mes y año, declaró la extinción de la acción penal; y, 3) La decisión asumida fue legal, en cumplimiento a los presupuestos previstos por la norma adjetiva.