SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1411/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1411/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

II.7.

II.7.  En apelación, el 20 de agosto de 2007, mediante Auto 262/07, los Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, recurridos, declararon procedente el recuso, dejando constancia de que el cómputo realizado por el Ministerio público también es errado, con el argumento que el plazo de seis meses para la etapa preparatoria se cuenta por ciento ochenta días hábiles y que se interrumpen por vacación judicial y por otras circunstancias declaradas por ley; considerando que la notificación con la imputación fue practicada el 24 de noviembre de 2006 al imputado y los seis meses desde el 25 de noviembre, vencía el 6 de julio de 2007, habiéndose emitido la conminatoria un mes antes del cumplimiento del plazo; en consecuencia, anularon obrados hasta el decreto de conminatoria de 6 de junio de ese año y dispusieron que la Jueza de primera instancia ordene nuevo informe al respecto, conforme los datos del proceso (fs. 149 a 152). Respecto a la adhesión al recurso por la denunciante, resolvió su rechazo considerando su inadmisibilidad al haber omitido la fundamentación.