SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1413/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por Nicolás Centenaro Cardozo contra Roque Rivero Costas por los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado, el Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Suárez, pronunció la Sentencia 11/2003 de 23 de septiembre, declarándolo culpable e imponiéndole la pena de reclusión de dos años a cumplirse en el recinto penitenciario Palmasola (fs. 149 a 150). La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 364 de 17 de noviembre de 2003, confirma la condena en cuanto al delito de uso de instrumento falsificado, manteniendo la pena de dos años y absuelve en relación al ilícito de falsedad material (fs. 160 a 161 vta.). En casación, se declaró infundado el recurso mediante Auto Supremo 344 de 28 de agosto de 2006 (fs. 187 a 188).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. El principio de favorabilidad, como excepción al principio de irretroactividad de la ley penal
- la suspensión condicional de la pena es un precepto de naturaleza sustantiva, en cuyo mérito, por mandato constitucional, es aplicable el principio de retroactividad de la ley por ser más benigna para el condenado
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR