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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2010-R

    Fecha: 27-Sep-2010

    II.5.

    II.5.  Por escrito de 22 de mayo de 2007, el recurrente apeló el Auto de 10 de mayo del mismo año que adjudicó los bienes (fs. 330 a 333), corriendo la Jueza traslado por Decreto de 23 del indicado mes (fs. 333 vta.), para luego conceder el recurso por Auto de 10 de agosto de 2007 (fs. 337), encontrándose a la fecha pendiente de resolución.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.Autoridad  recurrida y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • a)
    • i)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
    • 1)
    • Fragmento 25
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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