Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 2/2007 de 8 de noviembre, cursante de fs. 654 a 658, pronunciada por el Juez Tercero de Partido y de Sentencia de Montero del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por David Ramiro Balderrama Morales contra Consuelo Caballero Leytón, Jueza Primera de Partido y de Sentencia de Montero del mismo Distrito Judicial, aduciendo la conculcación de sus derechos a la propiedad, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. i) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- 1)
- Fragmento 25
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR