SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

III..FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, alega que dentro de la demanda ejecutiva contra Gregoria Zelaya Loza, al tener la calidad de cónyuge y poseedor de los bienes inmuebles embargados, subastados y adjudicados, pidió la nulidad de obrados por no haberse puesto en su conocimiento la demanda como tercero interesado; sin embargo, el incidente fue rechazado, e interpuso alzada contra el Auto de adjudicación; no obstante de que el recurso se encontraba pendiente de resolución, se ordenó la extensión de las minutas, desconociendo que le pertenece el 50% de las acciones y derechos que tiene sobre los bienes porque su adquisición es fruto de una unión conyugal. Añade que su persona no fue notificado con la demanda ejecutiva y demás actuados procesales ni con la sentencia, vulnerándose los arts. 125 y 137 incs. 4), 6) y 9) del CPC, que constituye un procedimiento obligatorio conforme la SC 1351/2003-R. En el memorial de ampliación, añade que el Tribunal demandado, ha desconocido una sentencia debidamente ejecutoriada de unión libre o de hecho con efecto retroactivo a la fecha de haberse consumado el inicio de la unión libre. Corresponde analizar si lo demandado amerita o no conceder lo solicitado.