Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1434/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
iii)
iii) El Tribunal examinó el Auto apelado y la prueba aportada por el imputado para considerar su sustitución por otra medida, esa valoración tuvo su inicio en el Auto de Vista de 14 de enero 2008, emitido por la Sala Penal Primera, en razón a que efectuó un análisis exhaustivo del recurso de apelación planteado por el mismo imputado, tomando en cuenta que no acreditó lo relativo al trabajo y que la obstaculización se encontraba vigente, por cuanto la víctima era menor de edad, sus padres se encontraban fuera del país y que se encontraba a cargo de su abuela, pudiendo influir el imputado negativamente sobre ellas.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- i)
- iii)
- iv)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- circunstancia en la que excepcionalmente
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- sin recurso ulterior
- III.4. La prueba en la cesación de la detención preventiva
- corresponde al solicitante, desvirtuar a través de los medios de prueba a su alcance
- con los elementos de convicción necesarios
- III.5. El principio acusatorio y la prueba testifical en materia de cesación de la detención preventiva
- III.6
- el derecho que tienen las partes de conocer las razones en que se funda la decisión del órgano jurisdiccional, de tal manera que sea posible a través de su análisis, constatar si la misma está fundada en derecho o por el contrario es fruto de una decisión arbitraria;
- Fragmento 31
- APROBAR