SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1443/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.4.
II.4. Por memorando 187/2009 de 6 de julio, Jorge Morales Encinas, Alcalde Municipal de la Guardia, determinó ratificar la comunicación de 17 de junio del citado año, a través de la cual reasignó a la accionante al cargo de Directora de Recursos Humanos, dependiente de la Oficialía Mayor Administrativa del Gobierno Municipal de La Guardia, ordenándole a asumir dicha función en el término de veinticuatro horas, computable desde la recepción del memorando, aclarando de manera expresa que mantendría el mismo nivel salarial de la escala vigente entonces (fs. 6), nota que la accionante respondió mediante escrito recibido el 8 de julio de 2009, expresando que asumiría las funciones descritas en el día, anunciando que a efecto de hacer valer sus derechos, interpondría la acción de amparo constitucional en contra suya y del Oficial Mayor Administrativo (fs. 7), constando que en su condición de Directora de Recursos Humanos recibió solicitudes escritas de parte del Oficial Mayor Administrativo a las que respondió ejerciendo dichas funciones (fs. 147 y 148).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los actos consentidos libre y expresamente
- III.3. Análisis del caso concreto
- en la nota de 8 de julio de 2009, la misma accionante manifestó expresamente que asumiría el nuevo cargo designado en el día,
- Fragmento 19
- denegado
- APROBAR