SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1465/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
a)
La tercera interesada, en audiencia pública informó que: a) Se puede establecer que a fs. 86, cursa el auto de apertura de juicio, asimismo a fs. 49 cursa la Resolución de 18 de febrero de 2006, por la cual, en virtud a un incidente de nulidad, se desestimó la pretensión de la querellante. Sin tener en cuenta la Resolución 78/06, la Jueza contrariamente emitió la Resolución 103/06 de 3 de marzo por la cual aceptó el desistimiento y la extinción de la acción penal; y, b) Se planteó un nuevo incidente de nulidad por la querellante, el cual fue respondido por los ahora “recurrentes”, dicho incidente mediante Resolución 011/09 de 17 de abril, repuso obrados en cumplimiento al Auto que desestimó la querella, ésta nulidad fue planteada por los mimos querellados y obtuvieron su objetivo de la nulidad de obrados, por ello, todavía no ha sido abierta la competencia hasta que el querellante subsane lo observado por la autoridad; esta fue la causa por la que como tercera interesada planteó incidente de nulidad y la resolución ahora impugnada, no fue apelada por los “recurrentes”.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- 0636/2010-R de 19 de julio
- mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios
- no es sujeto de apelación
- es apelable
- la que resuelve una
- la excepción
- Sobre la excepción
- Sobre el incidente
- diferenciando de las excepciones
- exhortar a la Asamblea Legislativa para los fines jurídicos señalados.
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º NOTIFÍQUESE