SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1465/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1465/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

no es sujeto de apelación

El Tribunal Constitucional, como máximo guardián de la Constitución Política del Estado, a la luz del nuevo modelo constitucional y bajo una interpretación proteccionista y progresiva, mediante la SC 0636/2010-R, cambió la línea asumida por las SSCC 0731/2005-R, 0265/2006-R, 0537/2006-R y 0721/2007-R, entre otras; en la que se establecía que el incidente de actividad procesal defectuosa no es sujeto de apelación al no encontrarse previsto en las actuaciones procesales recurribles previstas por el art. 403 del CPP.