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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1473/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1473/2011-R

    Fecha: 10-Oct-2011

    II.6.

    II.6.  Mediante Auto Supremo 004 de 8 de enero de 2009, la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones declaró admisible el recurso de casación presentado por Martha Roca Justiniano e Inés Arismendi Roca, impugnando el Auto de Vista emitido el 3 de abril de 2007 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito Judicial de Santa Cruz (fs. 721 y vta.).

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • i)
    • denegó”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.10.
    • III.1. Los alcances de la legitimación pasiva para la procedencia de la acción de amparo constitucional
    • la legitimación pasiva debe ser entendida como la '…coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción…' (SSCC 0255/2001-R, 0829/2001-R, 1349/2001-R, entre otras); de lo que se establece que para que el recurso sea admitido es imprescindible que el recurso sea dirigido contra la persona que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • denegado
    • APROBAR

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