Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1501/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de ese año, en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 03/2010 de 29 de septiembre, cursante de fs. 43 a 45 vta., dictada por el Juez Primero de Sentencia -en suplencia legal- del Distrito Judicial de Potosí; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo del asunto en cuestión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- operan como causa para la amenaza, restricción o supresión de los derechos a la libertad física,
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- III.3. De la valoración de la prueba y la interpretación de la legalidad ordinaria en cuanto a la acción de libertad
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- 2)
- 3)
- ordenar la tutela
- REVOCAR