Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1502/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.3.
II.3. Consta en obrados la interposición de una anterior acción de libertad presentada por el ahora representado del accionante contra Yván Ortiz Tristán, Fiscal de Materia, en la que el Tribunal de garantías, mediante Resolución de 26 de julio de 2010, dispuso “no otorgar la tutela” en aplicación del principio de subsidiariedad, dado que en el mismo se denunció la supuesta aprehensión ilegal de parte de la autoridad demandada, sin acudir previamente al Juez de Instrucción en lo Penal (fs. 12 a 15 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “no otorgar la tutela constitucional”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1. Oportunidad de desistimiento de la acción de libertad
- III.2. Identidad de sujetos, objeto y causa
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- III.4.1. Respecto a la interposición de la primera acción tutelar
- Fragmento 16
- III.4.2. Respecto a la apelación incidental pendiente de resolución
- III.4.3. Consideración final
- ordenar la tutela
- APROBAR