SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1502/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III.4.1. Respecto a la interposición de la primera acción tutelar
En ambas acciones, el sujeto procesal que solicita la tutela de sus derechos y garantías constitucionales es Neyver Giomar Suárez Achá, aunque en la segunda acción lo hace a través de un representante; por lo tanto, se trata de la misma persona o sujeto activo de la acción; así también, la demanda en ambos recursos se la dirigió contra Yván Ortiz Tristán, Fiscal de Materia, tratándose también de idéntico sujeto pasivo.
Finalmente, cabe realizar la contrastación de hechos, a efectos de verificar la existencia de identidad de causa; en ese sentido, se constata que los fundamentos de ambas acciones, son similares en su contenido y estructura. En los dos casos, el accionante alegó similares hechos, con la única diferencia que en la segunda demanda, agrega algunos hechos ocurridos con posterioridad a la Resolución emitida dentro de la primera acción tutelar, como es la aducida carencia de fundamentación de la imputación formal.
Es evidente que en el primer caso, el Tribunal de garantías dispuso “…no otorgar la tutela constitucional…” solicitada por el sujeto activo, por subsidiariedad, por cuanto, pese a que se encontraba bajo control jurisdiccional, previa a la nueva interposición de la acción de libertad, no acudió ante el Juez cautelar a efectos de denunciar la ilegalidad de la aprehensión por parte del Fiscal, aspecto que posteriormente tampoco subsanó, porque de la revisión de actuados, se verifica que el ahora representado del accionante no acudió con su reclamo ante dicha autoridad; por lo tanto, no corresponde ingresar a analizar dichos extremos, porque en ningún momento se superó la causal de denegatoria y persiste la subsidiariedad.
Consecuentemente, al existir un pronunciamiento expreso en un anterior recurso constitucional sobre los puntos ahora demandados, donde se comprobó además la coincidencia de identidad de sujetos procesales y causa, no es pertinente realizar un nuevo análisis sobre el particular, debiéndose denegar la presente acción de libertad, respecto a la aprehensión supuestamente ilegal.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “no otorgar la tutela constitucional”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1. Oportunidad de desistimiento de la acción de libertad
- III.2. Identidad de sujetos, objeto y causa
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- III.4.1. Respecto a la interposición de la primera acción tutelar
- Fragmento 16
- III.4.2. Respecto a la apelación incidental pendiente de resolución
- III.4.3. Consideración final
- ordenar la tutela
- APROBAR