SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1548/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1548/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

primer supuesto

En la problemática planteada, los accionantes denuncian que la Fiscal de Materia, ahora demandada, dispuso la detención de su representado, sin que exista una orden judicial expresa que determine esa detención en el Centro de Infractores “ACONLEY”, problemática que se adecua en el primer supuesto del entendimiento jurisprudencial anteriormente glosado en el Fundamento Jurídico precedente, ya que el supuesto acto ilegal, debió ser denunciado oportunamente ante el Juez Primero de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo, autoridad que conforme a lo establecido por el art. 54.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), tiene a su cargo el control de la investigación en la etapa preliminar, quien con plenitud de jurisdicción y competencia puede conocer, compulsar y resolver toda situación que importe vulneración de los derechos del representado de los accionantes en esta fase de la investigación.

Consiguientemente, el ahora representado de los accionantes, no podía acudir directamente a la acción de libertad, haciendo abstracción de los mecanismos legales efectivos de protección que tenía expeditos conforme a la ley procesal común, circunstancia que determina se deniegue la tutela solicitada, por cuanto en aplicación del principio de subsidiariedad que rige excepcionalmente tratándose de la acción de libertad, correspondía agotar tales medios de defensa y sólo ante la persistencia de la lesión plantear esta acción, no siendo posible por ello ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.