SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

i)

La autoridades codemandadas, Ricardo Hinojosa Medrano, Juez Técnico y Porfiria Herrera Limón, Jueza Ciudadana, miembros del Tribunal de Sentencia de Monteagudo, mediante informe ilegible cursante a fs. 109 a 112, señalaron que: i) Fueron disidentes con la Sentencia, porque consideraban que la prueba aportada era suficiente para demostrar la participación y responsabilidad penal en el hecho acusado; ii) La excusa fue rechazada, con el fundamento de que ese instituto no puede estar sujeto a decisiones de carácter subjetivo y arbitrario, toda vez que, la independencia e imparcialidad de la que deben estar revestidos los juzgadores, se transmite en el hecho de que deben estar libres de toda influencia externa o interna, además, el rechazo de la excusa, ha tomado en cuenta la plena vigencia del nuevo texto constitucional, precautelando fundamentalmente por el derecho que tienen las partes a conocer la resolución motivada del órgano jurisdiccional en un tiempo razonable, garantizando de esta forma, los principios de economía procesal, publicidad, celeridad, eficiencia y eficacia; y, iii) En el amparo, no se ha precisado de manera adecuada y fundamentada, de qué forma se habrían vulnerado esos derechos y garantías, conforme exige el art. 97 de la LTC, tampoco ha precisado, cuales los efectos, daños o perjuicios que dicha vulneración les haya ocasionado en sus derechos y garantías constitucionales.