SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1601/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1601/2011-R

Fecha: 17-Oct-2011

conceder

Con la finalidad de uniformar la terminología de la parte dispositiva en resoluciones emitidas por la justicia constitucional en las acciones de defensa, es necesario precisar que, en caso de otorgar la tutela, debe utilizarse el término “conceder” y en caso contrario “denegar” la tutela, términos procesales que deben tener presente los Jueces y Tribunales de garantías, en las acciones de libertad que tramiten.