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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2011-R

    Fecha: 11-Oct-2011

    II.2.

    II.2.  A través de la nota 624/08 de 16 de diciembre de 2008, el Administrador Departamental de Santa Cruz a.i. y la Jefa Departamental Administrativa y Financiera de la Caja Petrolera de Salud, remitieron a la empresa CARGILL Bolivia S.A., la nota de aviso CE-042/08 por un adeudo total de Bs986 817,66.- por concepto de aportes devengados, intereses y multas (fs. 62 a 90).

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.2. Derecho, garantía y principios supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
    • las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
    • III.2. El proceso coactivo social
    • III.3. Análisis del caso de autos
    • APROBAR

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