SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los representantes legales de los accionantes alegan la vulneración del derecho a la "seguridad jurídica", la garantía del debido proceso y los principios procesales de fundamentación lógica, exhaustividad, claridad, congruencia y justicia, por cuanto la  Caja Petrolera de Salud, en el proceso de inspección y control referido al cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social de la empresa CARGILL Bolivia S.A. a la cual representan, modificó en forma unilateral los ítems liquidados y las planillas de deficiencias sin que quede claro de donde provienen las sumas líquidas ni cuales fueron los conceptos liquidados que las respaldan, privándole de presentar descargos sobre los nuevos conceptos y de solicitar explicaciones sobre las modificaciones de las últimas sumas cotizables, y no obstante haber presentado el recurso de revocatoria, éste fue rechazado, dando lugar a la interposición del recurso jerárquico en el que denunció todos los actos violatorios que emergieron del procedimiento de fiscalización, que fue resuelto por el Director General Ejecutivo de la Caja Petrolera de Salud, Oficina Nacional, mediante Resolución Administrativa 03/2009 de 16 de abril, confirmando la RA impugnada, sin pronunciarse ni referirse a los argumentos expuestos y denunciados, ni sobre los puntos de objeción, peticiones e impugnaciones. En revisión, corresponde analizar si el amparo constitucional cumple con los requisitos para ingresar al análisis de la problemática planteada y en su caso, si los actos denunciados ameritan conceder la tutela solicitada.