SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1618/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.6.
II.6. El 11 de febrero de 2009, la empresa CARGILL Bolivia S.A. planteó recurso jerárquico contra la RA 0003/09 de 22 de enero, denunciando las irregularidades procesales como el incremento de la base cotizable, la entrega posterior de la documentación que sustentan los cargos, la negativa de otorgamiento de audiencia de conciliación de descargos y fijación de conceptos, entre otros puntos; asimismo, por memorial presentado el 18 de mayo de 2009, la empresa CARGILL Bolivia S.A. pidió pronunciamiento expreso sobre el recurso jerárquico interpuesto, emitiéndose la RA 03/2009 de 16 de abril, mediante la cual el Director General Ejecutivo de la Caja Petrolera de Salud, confirmó en todas sus partes la RA 03/2009 emitida por el Administrador Departamental de la Caja Petrolera Santa Cruz, argumentando que no es viable la pretensión de anular una nota de cargo en la vía administrativa, toda vez que el mecanismo idóneo es el proceso coactivo social (fs. 116 a 120 y fs. 178 a 187).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derecho, garantía y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.2. El proceso coactivo social
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR