Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1622/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.2.
II.2. Por nota 021/2009 de 23 de abril, la Directiva del Concejo Municipal de Palos Blancos conformada por Máximo Machaca Mamani, Epifania Condori y Eva Viviana Condori, remitieron al Viceministerio de Autonomía documentación denunciando irregularidades en la suspensión del alcalde José Chelo Romero Tirina y del Concejal Máximo Machaca; además, denunciando que el concejal Claudio Rolando Vargas Bautista, tiene Sentencia y Pliego de Cargo ejecutoriados (fs. 128 a 134).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. El caso de análisis
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