SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1626/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
concedió
Por Resolución 53/2009 de 20 de noviembre, cursante de fs. 266 a 267, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, concedió la tutela, disponiendo la nulidad de la Resolución Administrativa Rectoral 179/2009, y por consiguiente declaró válida y subsistente la RA 033/2009 de 12 de agosto. Como fundamentos se señalan que se llegó a evidenciar que toda la tramitación referida a la consideración de las propuestas presentadas para la ejecución de la obra requerida por la UAGRM, se enmarcó dentro de las normas aplicables al caso y como resultado de ello se adjudicó la misma a la Asociación Accidental “San Benito”, decisión correcta, por lo que no hay motivo legal ni fundamento idóneo en contrario para decretar su anulación. Se omitió señalar en qué disposición legal se basó para dicha determinación, tomando como simple fundamento el informe del técnico, por lo que es nula de pleno derecho.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0854/2010-R
- SC 0090/2010-R
- III.3.Análisis del caso concreto
- el accionante por la asociación a la que representa, no ha cumplido con las exigencias o requisitos para que se lleve a cabo la labor de revisión de la legalidad ordinaria en sede constitucional,
- no cabe duda que el accionante pretende la valoración de la prueba, sobre el informe en el cual se basó para emitir la Resolución Administrativa Rectoral 0179/2009, puesto que pretende la revisión de legalidad ordinaria ligada al análisis de la valoración y efectos jurídicos de dicho informe,
- REVOCAR