SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1697/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1697/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

1)

Eddy Lima Guardia, Juez de Partido Mixto de Santa Ana de Yacuma, en el informe escrito cursante de fs. 114 a 116 vta., señaló que: 1) Su actuar, se ha enmarcado al principio de legalidad y que en ningún momento se han vulnerado los derechos de los demandantes, quienes ejercieron plenamente su derecho a la defensa, actuando siempre bajo un riguroso control de las instancias procesales superiores; 2) El reclamo de los accionantes, tiene su fundamento en el instituto de la prescripción adquisitiva y si bien se hace cita de varias Sentencias Constitucionales, las mismas no guardan identidad fáctica con el caso en análisis, por lo que las mismas no resultan vinculantes; y, 3) La labor de interpretación de la legalidad ordinaria, corresponde a los jueces y tribunales ordinarios y no así a la jurisdicción constitucional, motivo por el cual no es posible ingresar a considerar las cuestiones procesales referidas a la prescripción extintiva traídas a colación en la presente demanda.