Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1697/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.3.
II.3. Los ahora accionantes, se presentaron en el proceso ejecutivo demandando la prescripción extintiva del derecho a la ejecución del documento de préstamo, incidente que fue rechazado por el Juez Mixto de la provincia Yacuma del departamento de Beni, a través de la Sentencia 12/2008 de 7 de noviembre, declarando además probada la demanda ejecutiva. Apelada dicha Resolución, por los ahora accionantes, la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, por Auto de Vista 013/09 de 27 de enero, confirmó en todas sus partes el decisorio impugnado (fs. 28 a 44).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno"
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- a) El Tribunal Constitucional, reconoce que la labor interpretativa de la legalidad ordinaria es privativa de las autoridades ordinarias; ingresando a revisar dicha labor, sólo para verificar el cumplimiento de los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- b)
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR