SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1706/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1706/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

i)

Susana Padilla Paniagua, mediante su abogado, refirió: i) la demanda no establece una cuantía conforme la Ley de Organización Judicial y la norma procesal civil, sin embargo la autoridad recurrida, emitió una resolución refiriendo que su persona habría convalidado la competencia de esa autoridad; ii) Existen irregularidades que no solamente nacen de la citación sino de la apertura propiamente, no se abrió la competencia, no existió una citación legal al demandado, no hubo una debida notificación con el auto  que señala los puntos de hecho a probar, siendo esta una causal de nulidad (art. 247 de la LOJ); iii) El Juez dicta una Sentencia que básicamente rompe cualquier principio de congruencia violando el art. 1449 del CC; y, iv) La Corte Suprema y el mismo Tribunal establecen que esta clase de procesos tienen que ser llevados a cabo ante un Juez de Partido, no se oponen a ejercer mecanismos de defensa, pero ante una autoridad competente, bajo un debido proceso.