SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

denegó

Concluida la audiencia, el Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, dicto la Resolución 21/2010 de 8 de noviembre, cursante de fs. 25 a 29, por la que denegó la acción de libertad, bajo los siguientes fundamentos: i) Si el representado del accionante considera que no cometió ningún delito, deberá demostrarlo ante las instancias competentes; ii) No puede alegarse detención ilegal porque existe una Resolución emitida por autoridad competente; y, iii) El art. 250 del CPP, dispone que cualquier medida de carácter personal es revocable aún de oficio, siendo además recurrible; por lo tanto, el imputado tiene expedita la vía ordinaria para impugnar los hechos que ahora demanda.