SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

I.1.1.        Hechos que la motivan

-pretexto que se lo observó en una actitud sospechosa-, se lo detuvo sin que se hubiere emitido mandamiento alguno para el efecto, cometiéndose un exceso con flagrante violación de sus derechos fundamentales. Posteriormente, sin previo análisis de las actuaciones policiales, la Fiscal demandada se precipitó en requerir una investigación en su contra, luego se lo imputó y acusó por un delito inexistente, sin que se hubieren reunido los requisitos legales y sin especificar ni concretizar el “…cómo, cuándo, por qué, para qué del pretendido delito…” (sic).

La “Jueza” Séptimo de Instrucción en lo Penal a cargo del proceso, sin realizar un análisis de las actuaciones policiales y menos de las efectuadas por la Fiscal de Materia, dispuso la detención preventiva  de José Luis Asistiri Calle en el penal de San Pedro, sin considerar que no existían causales para su detención por el Ministerio Público, ni mandamiento alguno; basándose únicamente en la subjetividad de la autoridad fiscal, quien afirmó que el imputado “no tiene documentación idónea” (sic) y que “obstaculizará” las investigaciones, sin pruebas que demuestren tales aciertos, ni siquiera se consideró la posibilidad de aplicarle medidas cautelares sustitutivas a la detención preventiva, condenándole a sufrir una sanción sin previo proceso ni sentencia en su contra, omitiendo que -como consta en la imputación formal-, su representado cuenta con domicilio, familia y trabajo.