Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Ricardo Maldonado Aliaga, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en informe escrito cursante a fs. 16, señaló que carece de legitimación pasiva, porque el proceso penal seguido contra el representado del accionante, radica en el Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal del mismo Distrito Judicial y la autoridad cumple suplencia legal en el homólogo Noveno y no en el precitado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y las denuncias de aprehensión ilegal
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.2. Recurso de apelación contra resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Supuesta aprehensión ilegal
- Fragmento 17
- III.3.2. Detención preventiva
- III.4. Consideración final
- APROBAR