SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

Fragmento 17

De los antecedentes remitidos a este Tribunal, no se tiene evidencia que el representado del accionante hubiera cuestionado las actuaciones de los efectivos policiales que intervinieron en su aprehensión, ni los requerimientos emitidos por la Fiscal de Materia a cargo de la investigación, ante el Juez cautelar que se encontraba a cargo del control jurisdiccional, pretendiendo que sean reparados a través de este medio de defensa. De acuerdo a la jurisprudencia citada, antes de acudir a la jurisdicción constitucional, debió presentar la denuncia ante la referida autoridad a fin de lograr, de manera inmediata, la reparación o protección de sus derechos; el hacerlo directamente, mediante la presente acción cuando además su derecho había precluído, dado que de antecedentes se tiene que el proceso penal se encuentra en la etapa de acusación; determina la denegatoria de la presente acción con relación a las actuaciones descritas.