SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1760/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 4 de enero de 2010, cursante de fs. 21 a 26 vta., el accionante, por sus representados, afirma haber tomado conocimiento de la Resolución 367/09 de 22 de diciembre de 2009, que aprueba el acta de cómputo nacional de elecciones generales y referendos 2009 de la Corte Nacional Electoral (CNE), que consignó los resultados de la Elección Nacional de 6 de diciembre del referido año, en la que se proclamó a los candidatos vencedores para el Órgano Ejecutivo (Presidente y Vicepresidente), y la asignación de escaños a los candidatos electos al Órgano Legislativo (Senadores y Diputados); sosteniendo que la asignación, de Diputados específicamente, vulneró el derecho de la “Alianza Para la Refundación de Bolivia” MAS-IPSP a participar como partido político en las referidas elecciones y a conformar los poderes públicos, en razón a que se privó de tener un diputado plurinominal más en cada uno de los departamentos de Cochabamba, Santa Cruz y Oruro, y el derecho político que tienen los ciudadanos Germán Ugarte Pérez, Lázaro Gonzalo Tacoo Laberán y Germán Delgado Sánchez a ejercer el cargo electivo de diputados nacionales.
- acción de amparo
- I.1.1. Hechos que la motivan
- erróneamente se “consideró e incluyó a los escaños obtenidos en Circunscripciones Especiales como Circunscripciones Uninominales”
- I.1.3. Petitorio
- sin embargo cuando el Tribunal de garantías observa que la acción presentada no cuenta con los requisitos de fondo, lo que corresponde es que esta acción sea rechazada directamente, lo que no aconteció en este caso; sin embargo tal hecho no puede ser objeto de debate en esta audiencia, ya que este Tribunal ya se ha pronunciado sobre este aspecto, por lo que perdió competencia para conocer y resolver asuntos de esta naturaleza
- 1)
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los requisitos de forma y fondo de la acción de amparo constitucional
- b) si el recurso fue admitido pese a no cumplirse con los requisitos exigidos por Ley, se da lugar a la improcedencia del amparo, sin ingresarse al análisis de fondo del asunto. Este último, supuesto implica que la parte recurrente puede presentar un nuevo amparo por la misma causa y objeto contra la misma parte recurrida, cumpliendo los requisitos de admisibilidad”
- III.2. Sobre la tarea de control por parte de los tribunales de garantías
- III.3. Análisis del caso concreto
- d)
- concedido en parte