Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1954/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
III.3.De la ponderación de los elementos de convicción y de los riesgos procesales previstos en el Código de Procedimiento Penal
En este acápite, concierne referirse a la ponderación de los elementos de convicción y riesgos procesales que realizan las autoridades judiciales en el marco de sus atribuciones y competencia, a objeto de definir la situación jurídica del imputado; observando que en el caso en revisión, el accionante aduce que se determinó su detención preventiva en base a “pruebas” obtenidas de manera ilegal y sin su intervención, cuestiones no analizadas por los demandados, confirmando el Tribunal de apelación la ilegalidad de la decisión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II. CONCLUSIONES
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1.Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- III.2.El principio de informalismo
- III.3.De la ponderación de los elementos de convicción y de los riesgos procesales previstos en el Código de Procedimiento Penal
- elementos de convicción
- III.4. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- Fragmento 20
- APROBAR