SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1980/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1980/2011-R

Fecha: 07-Dic-2011

II.1.

II.1.   Cursa Ordenanza Municipal 023/95 de 30 de junio de 1995, pronunciada por el Concejo Municipal de Santa Cruz, que señalan en su artículo Primero: “Adicionalmente a todas las normas, restricciones y vínculos que establece para toda edificación el Código de Urbanismo y Obras y la Ordenanza Municipal 24/94 sobre índices de Aprovechamiento, a partir de la fecha se establece la limitación en altura para toda edificación ubicada al interior de las unidades vecinales y sobre calles secundarias con menos de 16 metros entre el 1º y 2º anillo y pata calles hasta de 16 metros, fuera del 2º anillo” (sic); y en su artículo Segundo señala que: “Se establecen los 9 metros como altura máxima para las edificaciones comprendidas en el artículo anterior” (sic) (fs. 302).