SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1980/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1980/2011-R

Fecha: 07-Dic-2011

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes alegan que se han vulnerado los derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la tutela judicial efectiva, al trabajo, a la propiedad privada y a la petición, en vista que la Unidad de Aprobación de Edificaciones de la Dirección de Gestión Territorial de la Alcaldía Municipal de Santa Cruz, mediante Resolución 05/03043 de 14 de enero de 2008, resolvió aprobar el proyecto para la construcción de un edificio -sobre un lote de terreno de propiedad de los accionantes, ubicado en la zona SO.U.V. 52, Mza. 69, lote 9, de la ciudad de Santa Cruz-; sin embargo, el 7 de abril de 2008, el inspector de área, levantó una infracción imponiéndoles la paralización de su obra y una multa, subsanadas las mismas mediante varios oficios solicitaron levantar dicha orden, pero no recibieron respuesta alguna; los accionantes ignoraban de la existencia de una oposición a la construcción, presentada por los vecinos del Barrio “Las Palmas “ el 31 de mayo del mismo año; empero, fue resuelta por el Oficial Mayor, rechazándola por infundada y revocando de oficio la aprobación del proyecto de construcción y la licencia que les fue otorgada; sin valorar que existía un permiso previo válido por seis meses; es así que en virtud a todo lo acontecido, se llevó adelante un proceso administrativo, el cual concluido en todas sus instancias, dispuso revocar la licencia de construcción referida. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.