SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0122/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0122/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

Fragmento 13

De acuerdo al Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, conforme lo señaló la SC 0156/2010-R de 17 de mayo, el contenido del derecho al agua estaría dado por la disponibilidad, la calidad y la accesibilidad.  Respecto a la disponibilidad, señala que el abastecimiento de agua debe ser continuo y suficiente para los usos personales y domésticos (consumo humano, saneamiento, lavado de ropa, preparación de alimentos, higiene personal y doméstica); con relación a la calidad, sostiene el Comité que el agua debe ser salubre y no contener microorganismos o sustancias químicas o radiactivas que puedan constituir una amenaza para la salud; finalmente, con relación a la accesibilidad, las instalaciones y el servicio de agua deben ser accesibles a todos, física y económicamente, sin discriminación.