SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

II.2.

II.2.    Ana María Bernal Hurtado y Arturo Velarde Vargas iniciaron proceso social de pago de beneficios sociales y otros contra Wálter Peláez Ascarrunz y Bertha Pino de Peláez, el 3 de octubre de 2005, proceso que fue tramitado en el Juzgado Cuarto del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, dictándose Sentencia donde el Juez de la causa declaró improbada la demanda; contra dicho fallo se interpuso recurso de apelación por los demandantes, remitiéndose antecedentes al superior en grado (fs. 51 a 66); sin embargo, ante el Tribunal de apelación se presentó un acuerdo transaccional suscrito por las partes, donde se solicitó su homologación, dictándose el Auto 10/07 de 14 de marzo de 2007, donde el referido Tribunal homologa el acuerdo suscrito por las partes en los términos de su redacción, dando por concluido el proceso, disponiendo se devuelvan obrados al Juzgado de origen (fs. 67 a 75).