Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0134/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
denegado
Por consiguiente, la situación planteada respecto a los derechos invocados como lesionados, no es susceptible de protección a través del amparo constitucional; por cuanto, el Tribunal de garantías, al haber denegado la acción de amparo constitucional, aunque con otros fundamentos, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Relevancia constitucional en los hechos, requisito indispensable para conceder la tutela solicitada
- denegado
- APROBAR