SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

a)

El abogado del accionante, en audiencia ratificó in extenso los términos de la acción planteada y los amplió señalando que: a) El Tribunal Tercero de Sentencia de El Alto violó la garantía al debido proceso en la audiencia de consideración a la cesación de la detención preventiva, puesto que no subsanó todas la irregularidades que se presentaron a lo largo del proceso seguido contra el accionante; y, b) Solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva amparado en el art. 239 inc. 3) del CPP, porque transcurrieron más de dieciocho meses sin que su defendido tenga sentencia, pero el Tribunal Tercero de Sentencia no consideró eso y modificando las medidas sustitutivas las agravó porque indicó que su defendido debería acreditar trabajo y demostrar domicilio, además de haberle impuesto una fianza de Bs500.- modificó y reformó en perjuicio esa fianza elevándola al monto de Bs3000.-.