SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0202/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0202/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

1)

Habiendo interpuesto recurso de apelación, las Vocales demandadas, al resolverlo incurrieron en los siguientes actos lesivos: 1) Señalaron que incumplió la condición impuesta por el Juez de Instrucción, pese a que esa autoridad en su Resolución dejó a criterio del Fiscal el cumplimiento de la misma; 2) Consideró como elementos objetivos válidos la imputación y esencialmente la acusación, sin considerar que al ser actuados de la parte acusadora no podía catalogárselos como elementos objetivos, pues ello implicaba desconocer la igualdad procesal; y, 3) Declaró probada su apelación, pero con argumentos equivocados mantuvo su ilegal detención preventiva y determinó que sea el Tribunal a quo el que se pronuncie respecto al incidente planteado por defectos absolutos, sin considerar que como Tribunal de alzada le correspondía revisar el proceso de oficio respecto a la vulneración de derechos y garantías constitucionales.  

La accionante, afirma que como consecuencia de haberse vulnerado su derecho al debido proceso, se lesionó su derecho a la libertad por cuanto: 1) Los Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia, revocaron las medidas sustitutivas que le fue impuesta y ordenaron su detención preventiva, sin considerar ni resolver el incidente que planteó respecto al defecto absoluto en su citación con la acusación y la consiguiente declaratoria de rebeldía en su contra; y, 2) Las Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior, confirmaron su ilegal detención, sin resolver ese incidente, limitándose a disponer que lo haga el Tribunal a quo. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.