Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0202/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
iii)
iii) De la fundamentación de los abogados de la accionante, se evidencia que ésta tenía conocimiento del proceso seguido en su contra, se le aplicaron medidas sustitutivas a la detención preventiva que incumplió; en consecuencia hizo abandono de la causa, actitud negligente que no se le puede atribuir al órgano jurisdiccional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- b)
- c)
- ii)
- iii)
- e)
- f)
- g)
- h)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
- en forma concurrente,
- APROBAR