Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0202/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.2.
II.2. Habiendo interpuesto la accionante recurso de apelación incidental, por Auto de Vista 99/09, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, declaró procedente en parte, manteniendo incólume su detención preventiva y disponiendo que en la vía incidental el Tribunal a quo resuelva de manera independiente, pertinente, motivada y fundamentada el incidente que por defectos absolutos dedujo su defensa (fs. 18 a 23 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- b)
- c)
- ii)
- iii)
- e)
- f)
- g)
- h)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
- en forma concurrente,
- APROBAR