SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0208/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0208/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

del contenido de la acción de libertad, este Tribunal advierte que el análisis del acto o los actos denunciados como lesivos, no afectará la situación jurídica de la parte procesal demandada -la cual no fue citada en la causa de naturaleza constitucional-, en mérito a los principios de celeridad y economía procesal, al no tener relevancia constitucional alguna la nulidad de obrados por la inviabilidad de la acción -aspecto que será deducido del contenido de la acción de libertad-, este Tribunal resolverá la causa, sin anular obrados.

         En efecto, si ha transcurrido un periodo de tiempo bastante largo entre la emisión de la Resolución y la revisión de esta por parte del Tribunal Constitucional y además, si del contenido de la acción de libertad, este Tribunal advierte que el análisis del acto o los actos denunciados como lesivos, no afectará la situación jurídica de la parte procesal demandada -la cual no fue citada en la causa de naturaleza constitucional-, en mérito a los principios de celeridad y economía procesal, al no tener relevancia constitucional alguna la nulidad de obrados por la inviabilidad de la acción -aspecto que será deducido del contenido de la acción de libertad-, este Tribunal resolverá la causa, sin anular obrados.