SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0208/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0208/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

i)

i) Considerando que en la presente acción se acusa la incompetencia de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados para investigar al representado de la accionante, por estar ya siendo investigado con anterioridad por la Fiscalía de Distrito de Chuquisaca, lugar donde sucedieron los hechos, en cuanto a este tema, se tiene que el art. 12 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) confiere a esta Comisión atribuciones de Ministerio Público, siempre que los hechos no se encuentren sometidos a la jurisdicción ordinaria, asimismo, invocando el art. 49 del CPP, que establece las reglas de competencia, infiere este Tribunal, que en el presente caso, es competente el juez del lugar donde se cometió el delito.

Entonces, por los aspectos ya señalados, se tiene que evidentemente la garantía constitucional inserta en el art. 125 de la CPE, encuentra uno de sus fundamentos configurativos en el art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en todas las demás disposiciones que forman parte del bloque de constitucionalidad citadas precedentemente, por tanto, a la luz del Estado Social y Democrático de Derecho, como eje central de la estructura del Estado Plurinacional de Bolivia, corresponde establecer y precisar con claridad el “contenido esencial” de esta garantía como medio idóneo de defensa de naturaleza procesal-constitucional, en tal sentido, debe señalarse que la ingeniería dogmática de la acción de libertad, está diseñada sobre la base de dos pilares esenciales a saber: El primero, referente a su naturaleza procesal y; el segundo, compuesto por los presupuestos de activación que a la luz de la ingeniería del art. 125 de la CPE, son cuatro: i) Los atentados contra el derecho a la vida; ii) Afectación del derecho a la libertad; iii) Cualquier acto u omisión que constituya procesamiento indebido; y, iv) Cualquier acto o omisión que implique persecución indebida.