SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0227/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0227/2011-R

Fecha: 14-Mar-2011

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Alejandro Antonio Choque Choque, a través de su abogado, informó que, es Secretario del Concejo Municipal y no así Concejal Municipal y su cargo es de libre nombramiento y no por elección, por lo que sus labores son específicas, y cuando el impetrante pretendió que se le otorgue alguna documentación, lo hizo de forma irrespetuosa, pretendiendo obligarle a que se le concedan documentos los cuales no puede otorgar libremente, ya que si bien se encuentran bajo su custodia dichos documentos, la solicitud realizada debió dirigirla al Secretario Concejal o a los Concejales del municipio de Batallas, por lo que tampoco se vulneró el derecho a la petición que arguye el accionante.