Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega ilegal privación de libertad de su representada, ya que se hubiera procedido a su captura con mandamiento en fotocopia simple y fuera del plazo establecido por el procedimiento; es decir, después de las “92” horas de su emisión, plazo previsto por ley y ejecutado sin que tenga la habilitación de horas extraordinarias, privándole su libertad, internándola en el Centro de Orientación Femenina de Miraflores. Por consiguiente, corresponde en revisión dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Si el condenado se halla en libertad, se ordenará su captura
- En cuanto a la supuesta ejecución ilegal del mandamiento de captura de la condenada, aspecto denunciado a momento de interponer la demanda o acción de libertad
- Fragmento 16
- según informa la propia accionante, al día siguiente el 18 de junio de 2009, su representada y agraviada fue llevada a
- y dispondrá que la persona accionante sea conducida a su presencia o acudirá al lugar de la detención
- audiencia señalada
- 2º