SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2011-R

Fecha: 01-Abr-2011

II.3.

II.3. Mediante Auto Supremo 341 de 10 de junio de 2009, la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declara infundado el recurso de casación interpuesto por Raimundo Candia Avendaño; y en mérito a los recursos de casación formulados por el Ministerio Público, la Alcaldía Municipal de Sucre y otro, “casa” parcialmente el Auto de Vista impugnado y, deliberando en el fondo, declara subsistente el Auto de Vista 167/04, emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; respecto al imputado, hoy accionante, Raimundo Candia Avendaño y otros, los declara autores de los delitos de incumplimiento de deberes, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y conducta antieconómica, previstos por los arts. 154, 199 última parte, 203 y 224 última parte del CP, y por existir concurso real de delitos, se impone la pena privativa de libertad de ocho años de reclusión (fs. 141 a 151).