SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2011-R

Fecha: 01-Abr-2011

presuntamente

Ahora bien, según informan los datos del proceso, se constata que la autoridad demandada no fue quien convocó al vocal Armando Pinilla Butrón a efectos de la dirimitoria correspondiente, en todo caso, mediante decreto de 22 de mayo de 2009, el Vocal de la Sala Penal Tercera, William Alave Laura, fue quien convocó a la referida autoridad, pero el mismo no fue demandado, pese de ser dicha actuación procesal la que también se alega de vulneratoria; razón por la cual, la autoridad demandada, carece de legitimación pasiva respecto a ese hecho denunciado, al no existir coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos del accionante y aquella contra quien se dirige la acción, por ello, no es posible compulsar esta problemática de fondo, como así señalan las SSCC 2525/2010-R, 0925/2002-R, 0959/2003-R, entre otras; de la misma forma, la acción debió ser dirigida también contra la autoridad que convocó al otro vocal, correspondiendo aplicar la jurisprudencia citada en los Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia.