SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0332/2011-R
Fecha: 01-Abr-2011
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración a la garantía del debido proceso, por cuanto el Auto Supremo ahora impugnado, carece de fundamentación, toda vez que, las autoridades demandadas, no explican las razones por las que concluyen en que los Autos Supremos invocados como precedentes, no son contradictorios al Auto de Vista recurrido, sólo exponen la conclusión, pero no la razón sobre la cual sustenta dicha conclusión; agrega que no se pronunciaron en modo alguno, ni positiva ni negativamente sobre el precedente contradictorio invocado expresado en el Auto de Vista 27/2003 de 5 de mayo. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.3 Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El recurso de casación
- III.3. Jurisprudencia aplicable al caso
- tratándose de una resolución que declare inadmisible el recurso de casación, al ser ésta, una resolución jurisdiccional que tiene la finalidad de efectuar el control a las vulneraciones que las resoluciones puedan contener, cuando se ha efectuado una incorrecta aplicación de las normas legales
- la SC 1090/2010-R de 27 de agosto, entre otras
- Fragmento 14
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16