SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
III.2. Sobre el tiempo transcurrido entre la supuesta aprehensión ilegal la interposición de la presente acción tutelar y la oportunidad en su presentación
De otro lado, se debe aclarar que la presente acción tutelar no se rige por el principio de inmediatez, lo ideal sería presentarla al momento de la vulneración de los derechos y/o garantías del o los accionante (s); sin embargo, no es una obligación impuesta por la Constitución, la ley, ni la jurisprudencia.
Finalmente en cuanto a la oportunidad de su presentación, es evidente que cuando los actuados posteriores conllevan a la convicción de que los afectados no agotaron las vías de reclamación idóneas ante la jurisdicción ordinaria, se denegará la acción con dicho fundamento; sin embargo, conforme exige la línea jurisprudencial contenida en la SC 0008/2010-R de 6 de abril, la cual estableció que: “…en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”. Conforme a ello, no sería posible revisar aquellos actos o decisiones de las autoridades demandadas, cuando las supuestas irregularidades que impliquen persecución o procesamiento indebido, no hubieren sido reclamadas oportunamente ante la autoridad competente. En el caso concreto, los representados de los accionantes hicieron presente su denuncia ante el Juez cautelar, mediante la interposición de un incidente de vulneración de derechos y garantías constitucionales, el mismo que se resolvió y rechazó por la autoridad a cargo del control jurisdiccional. Razones que viabilizan el ingreso al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la supuesta identidad de sujeto, objeto y causa alegada por el Juez demandado
- Fragmento 17
- III.2. Sobre el tiempo transcurrido entre la supuesta aprehensión ilegal la interposición de la presente acción tutelar y la oportunidad en su presentación
- III.4.
- III.5. Sobre los mandamientos de aprehensión y allanamiento
- i)
- ordenar la tutela
- APROBAR